Las compañías de seguro ya no brindarán servicio de grúa y auxilio mecánico
La medida se publicó en el Boletín Oficial por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Se dispuso un lapso de 90 días para la implementación del cambio

En algunos casos puntuales, los rodados podrían ser transportados
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) publicó ayer en el Boletín Oficial una resolución que modificará el servicio de remolque que poseían las compañías aseguradoras, y a partir de hoy los seguros no podrán incorporar en sus pólizas dicho servicio a los usuarios.
La Resolución SSN 217.2024 determinó que los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador en casos de sinistros por daño, incendio, robo o hurto. A su vez, dio un plazo de 90 días para la implementación de este cambio; sin embargo, pasados los 90 días, esta modificación se aplicará a cada usuario al momento de renovar las pólizas, es decir, cuando finalice el contrato de seguro.
Para los especialistas, la decisión se debió haber tomado hace un tiempo debido a que los servicios de auxilio mecánico y remolque no pertenecen al objeto de seguro y desordenan el principio básico por el cual las primas se destinan al cumplimiento de las obligaciones del asegurador y su capacidad económica.
Desde hace muchos años, las compañías tienen la obligación de conceder una parte sustancial proveniente de la recaudación de las primas a un servicio que es costoso y también tercerizado, y en consecuencia una aseguradora pierde tiempo en enfocarse en cuestiones que no le son propias, sumado a un deterioro de imagen con los clientes.





