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Eliminaron el registro de contratos de alquiler en AFIP

Lo anunciaron en la Resolución General 5545/2024 del Boletín Oficial publicada este lunes.

Jeremias Torres TonettiRedacción Jeremias Torres Tonetti
Eliminaron el registro de contratos de alquiler en AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligatoriedad de registrar los contraros de alquiler de inmuebles urbanos y rurales, pero quienes lo deberán realizar son los contribuyentes que mantengan el fin de alcanzar beneficios fiscales que otorga la ley.


La novedad se dio a conocer en la Resolución General 5545/2024 que se notificó hoy en el Boletín Oficial y deriva del Decreto 70/2023 que derogó la ley de Alquileres 27.551.


La resolución indica que a partir de este lunes los propietarios ya no tendrán que inscribir los contratos en el "Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)" para su validez.


A su vez, establece que los contribuyentes que anhelan disfrutar de los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribiyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorios, sobre los Bienes Personales y a las Ganacias tendrán que declarar sus contratos de alquiler en el RELI previo al 30 de septiembre de 2024 o 15 días corridos posteriores a su celebración.


Los interesados deberán ingresar al sitio web del organismo y aquellos que registraron sus contratos no tendrán que volver a realizar el trámite, salvo si existiesen modificaciones o actualizaciones.


En la misma línea, a través de la Resolución Generl 5547/2024 también publicada hoy, se eliminó la obligación del empleado en relación de dependencia de adjuntar -en el servicio SIRADIG- una copia delcontrato de alquiler del inmueble.